D.U. Nº 127-2020 Sudsidio del 35% al 55% de las Remuneraciones de Trabajadores que Ganen menos de S/. 2400 Soles

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D.U. Nº 127-2020 Sudsidio del 35% al 55% de las Remuneraciones de Trabajadores que Ganen menos de S/. 2400 Soles

El dia de ayer 01/11/2020 el gobierno publicó un Decreto de Urgencia Nº 127-2020 , para promover empleo formal, la norma prevé subsidios entre 35% y 55% de las remuneraciones de los trabajadores que sean contratados en planilla, con todos sus derechos y beneficios laborales.

Dicha norma promueve la recuperación del empleo formal, con mayor velocidad y sentido de urgencia, por medio de incentivos para la contratación de trabajadores, con todos los derechos y beneficios laborales, en empresas afectadas por la pandemia de la COVID-19.

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Javier Palacios Gallegos, reafirmó que cerca de 350 mil trabajadores serán objeto de este beneficio y precisó que el plan de incentivos contemplado tiene cinco objetivos.

✅ El primero de ellos es recuperar empleos, es decir, aquellos que lo perdieron o se encuentren inactivos por alguna medida de suspensión laboral, lo recuperen; el segundo es generar nuevos puestos de trabajo formales; mientras que el tercero busca formalizar empleos, de modo que quieres laboran en la informalidad sean incorporados a la planilla, detalló.

✅ Especificó que el cuarto objetivo es generar empleos especialmente para los jóvenes, pues se trata de un sector de la población muy afectado por la pandemia; y que el quinto busca promover empleos estables, es decir, que se contrate, de preferencia, trabajadores a plazo indeterminado.

“Se trata de una inyección potente para recuperar, con sentido de urgencia, el empleo formal y de calidad”, subrayó el titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Sostuvo que la meta es recuperar a mediados del próximo año lo que “teníamos antes de la pandemia y acelerar la reactivación que ya empezó con fuerza a partir de julio”.

Señaló que antes de la pandemia, en la planilla formal se tenía unos 3.7 millones de trabajadores y que, actualmente, se cuenta con cerca de 3.2 millones producto del reinicio de diversas actividades económicas.

Advirtió, sin embargo, que existe el riesgo de que los nuevos empleos vayan a la informalidad por la incertidumbre que representa el fin de la crisis sanitaria.

“Un grupo importante de empresas todavía no se anima a contratar formalmente a la velocidad que quisiéramos. Por eso, ante ese riesgo, el subsidio a la planilla es un poderoso incentivo para volver a contratar empleo formal de manera mucho más rápida”, apuntó.

Palacios sostuvo que este no es un beneficio artificial, pues apunta a empresas que sí requerirán trabajadores, más aun cuando el próximo año se prevé que el PBI crezca 10%. También dijo que no se trata de una medida aislada, pues forma parte de un conjunto de acciones adicionales que se han dado en el marco de la reactivación económica.

BENEFICIADOS 

La norma beneficia a los trabajadores de todas las empresas, especialmente de las micro y pequeñas empresas formales. Así, habrá un subsidio de 35% a 55% de las remuneraciones de los trabajadores que ganen menos de 2,400 soles, con las siguientes características:

  • a) Si se contrata a plazo fijo, el incentivo será de 35% por los tres primeros meses y de 17.5% los tres meses siguientes.
  • b) Si se contrata a plazo indeterminado, el incentivo es de 45% los tres primeros meses y de 22.5% los tres meses siguientes.
  • c) En caso se contrate jóvenes, el incentivo es de 45% los tres primeros meses si los contratos son a plazo fijo, y de 22.5% los siguientes tres meses. Finalmente, si se contrata a jóvenes de manera estable o a plazo indeterminado, el subsidio es de 55% por los tres primeros meses y de 27.5% por los tres meses siguientes.


El subsidio aplicará a las contrataciones realizadas entre noviembre del 2020 y abril del 2021, mientras que el plazo de pago del subsidio será de hasta seis meses contados desde la fecha de contratación del trabajador. “El Estado pagará los subsidios como un reembolso en un plazo aproximado de dos meses luego de la contratación”, precisó el ministro.

Indicó que únicamente podrán acceder al beneficio a favor de sus trabajadores, las empresas afectadas por la pandemia de la COVID-19 que perdieron 20% o más de sus ventas en el período abril-mayo del 2020, con respecto al mismo período del 2019, lo que será verificado con las declaraciones efectuadas ante la Sunat.

CANDADOS

▪ La norma publicada establece algunos candados. Por ejemplo, el MTPE verificará mensualmente que en la empresa exista un número mayor de trabajadores en la planilla electrónica durante el periodo en que se recibe el subsidio y evitar el efecto sustitución. Asimismo, se verificará que haya un incremento global en el monto de remuneraciones durante el período que se recibe el subsidio.

▪ De igual modo, se ha establecido que serán excluidas del subsidio las empresas con trámite de procedimiento de cese colectivo durante el periodo en que se reciban subsidios, las vinculadas a casos de corrupción, las inhabilitadas para contratar con el Estado o las que mantengan deudas coactivas mayores al 10% de una UIT del 2020, entre otras.

▪ También habrá un mecanismo para prevenir y sancionar las conductas fraudulentas para obtener subsidios de manera indebida. “Junto a la Sunafil, estaremos muy atentos para recibir las denuncias que se puedan presentar ante un mal uso del subsidio”, puntualizó Palacios.


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