MTC dispone la emisión de licencias de conducir electrónicas a nivel nacional

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MTC dispone la emisión de licencias de conducir electrónicas a nivel nacional

El día de hoy 22/07/2021, en una nota de prensa, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones -  MTC, informó que, mediante el Decreto Supremo 025-2021-MTC publicado en el diario El Peruano, se dispuso, de manera excepcional, la emisión de las licencias de conducir electrónicas en todas las regiones del país hasta el 2 de setiembre.

Esta medida permitirá atender temporalmente en el MTC hasta el 2 de setiembre las solicitudes de emisión de las licencias de conducir electrónicas únicamente de Clase A, sin importar el lugar de residencia que figure en el Documento Nacional de Identidad (DNI) del administrado.

Con esta iniciativa se podrá atender a un numero mayor de cantidad de personas en todo el país para obtener su brevete, respetando las medidas de distanciamiento social dictadas por el gobierno, evitando el contacto físico con otras personas y las aglomeraciones, disminuyendo de esta manera la posibilidad de contagios durante la pandemia.

Asimismo, esta disposición permitirá aliviar la carga que tienen actualmente los gobiernos regionales, a consecuencia de las medidas adoptadas para la contención de la COVID-19.

Puedes ver mayor información sobre el trámite en el siguiente link: https://www.gob.pe/13152-solicitar-licencia-de-conducir-electronica
 
Por otro lado, dicho Decreto aprueba el Reglamento del Sistema de Control de Licencias de Conducir por Puntos, el cual dispone mejorar y agilizar los procesos de capacitación a los conductores infractores, permitiendo una gestión más rigurosa en la reeducación de dichos actores que infringen las normas de tránsito.

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La medida también modifica el Reglamento Nacional de Tránsito (RTRAN) el cual tiene como objetivo mejorar la gestión de velocidades en las vías. 

En ese sentido, se están modificando los límites máximos de velocidades en zonas urbanas (30 km/h en calles y jirones y 50 km/h en avenidas), así como la velocidad en carreteras que cruzan centros poblados (zonas comerciales 30 km/h, residenciales 50 km/h, escolares y hospitales 30 km/h).
(Más Información)
 
Estas disposiciones están orientas a salvaguardar la vida, la integridad y la salud de los conductores de vehículos automotores y de movilidad personal, a los usuarios de las vías, especialmente a los más vulnerables como peatones, ciclistas, niños, adultos mayores y personas con discapacidad.

[ FUENTE ]