CRONOGRAMA PARA SOLICITAR EL RETIRO AFP DE 4 UIT (ASOCIACIÓN DE AFP)

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CRONOGRAMA PARA SOLICITAR EL RETIRO AFP DE 4 UIT (ASOCIACIÓN DE AFP)

La ASOCIACIÓN DE AFP, emitió un comunicado para sus afiliados, sobre el retiro extraordinario de hasta 4 UIT (S/.20,600 soles), en cumplimiento de la Ley Nº 32002. Por tal motivo el registro de solicitudes comenzará el lunes 20 de mayo de 2024.

El trámite será gratuito y digital, a través de la web www.solicitaretiroafp.pe de manera que puedan registrar su solicitud de retiro en forma rápida y sencilla, de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m. exceptuando los días feriados. 

Para brindarles una mejor atención y garantizar el acceso ordenado a la plataforma, la Asociación de AFP elaboró un cronograma, que se podrá seguir de acuerdo al último dígito o letra de su
documento de identidad.

¿Cuál es el cronograma para solicitar el Retiro de 4 UIT (S/. 20,600 soles)?


Esta programación es válida para los afiliados que viven en el Perú y en el extranjero.

Finalizadas estas fechas, el registro de solicitudes continuará del 2 de julio 0117 de agosto sin seguir un cronograma, cumpliéndose los 90 días establecidos por la ley para solicitar los retiros.

¿Cuál es el plazo máximo para solicitar el Retiro de 4 UIT?
Según la SBS, Los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro ante las AFP, por única vez, a partir del próximo 20 de mayo, teniendo como plazo máximo para la presentación de las solicitudes, 90 días calendario, que vencerá el 17 de agosto de 2024.

¿Cuándo se realizará el desembolso de los retiros de AFP?
- La entrega de los fondos por parte de las AFP se realizará según el siguiente cronograma:

  1. Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
  2. Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
  3. Tercer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
  4. Cuarto desembolso por hasta 1 UIT o el remanente del monto solicitado: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde la fecha en que fue efectuado el tercer desembolso.

- El primer desembolso debe ser realizado por las AFP, como máximo, a partir del 14 de junio, para aquellas solicitudes presentadas el 20 de mayo. En consecuencia, si el afiliado presenta su solicitud el día 21 de mayo, su primer desembolso será el 17 de junio, y así sucesivamente.

- Las AFP establecerán los protocolos de comunicación para aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, a efectos de que ingresen su solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin. Dichos protocolos deberán ser difundidos por las AFP antes de la fecha de inicio de la presentación de solicitudes, en su sitio web y en otros medios de difusión que estimen necesario.

- Los fondos retirados de las CIC mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.

¿Cuáles son los canales de atención de las AFP?



FUENTE: ASOCIACIÓN DE AFP Y SBS