Cómo Solicitar el Subsidio de 760 Soles Por Suspensión Perfecta de Labores

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Cómo Solicitar el Subsidio de 760 Soles Por Suspensión Perfecta de Labores

De acuerdo al Articulo 7 del D.U. 038-2020, El gobierno ha dispuesto medidadas para proteger a los trabajadores que se encuentren en suspensión perfecta de labores.

En ese sentido vamos a detallar las siguientes preguntas y respuestas.

¿Ante qué institución pública debo presentar la solicitud de subsidio por suspensión perfecta de labores?
La solicitud  se presentará ante el Seguro Social del Salud - ESSALUD.

¿Cómo presentar la solicitud de subsidio ante el Seguro Social de Salud?
Lo trabajadores ingresarán la solicitud de manera virtual en la plataforma web, que el Seguro Social de Salud EsSalud implementara para tal fin; y desde hoy sabado 01 de agosto de 2020, el Ministerio de Trabajo ha informado, que ya se puede hacer la solicitud, y que en un plazo de 05 dias habiles, sera atendida, realiza tu solicitud en el siguiente link: https://viva.essalud.gob.pe/viva/login

Quienes podrán solicitar el subsidio de S/ 760 soles por suspensión perfecta de labores?
Todos aquellos trabajadores que se encuentren en una suspensión perfecta de labores y que pertenezcan al régimen laboral de las MICROEMPRESAS, y cuya remuneración bruta sea de hasta S/ 2 400, 00 (DOS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES), podrán solicitar la Prestación Económica de "Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19".

¿Por Cuantos meses se entregará el subsidio por suspensión perfecta de labores?
El subsidio sera entregado por un monto máximo de S/ 760, 00 (SETECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un periodo máximo de tres (3) meses.

NOTA IMPORTANTE:
En la solicitud que presenten los trabajadores, se debe ingresar un Código de Cuenta Interbancario (CCI) que corresponda a una cuenta válida y activa en moneda nacional, no pudiendo corresponder a una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios.

La cuenta informada por el trabajador debe pertenecer a una entidad del sistema financiero nacional que participe en el sistema de transferencias interbancarias vía la Cámara de Compensación Electrónica (CCE).